Aragón limitará el número de puestos de juego en bares y el tope de autorizaciones de máquinas B e impondrá el cierre de los bingos a las 02.00h

| 29 de diciembre de 2025

El Gobierno de Aragón avanza en la aprobación del nuevo Reglamento General del Juego, una norma que introduce cambios relevantes en el funcionamiento del sector con el objetivo de reforzar la protección de los colectivos más vulnerables y ordenar la actividad. Entre las principales novedades figuran la limitación del número de puestos de juego en los locales de hostelería y el cierre de las salas de bingo a las 02.00 horas.

El Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública impulsa esta actualización normativa, que inicia este lunes 29 su trámite de información pública tras la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Aragón (BOA). Desde ese momento, se abre un plazo de dos meses para la presentación de alegaciones, y el texto completo podrá consultarse en el Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón.

Una vez concluido este proceso y emitidos los informes preceptivos, el nuevo Reglamento General del Juego deberá ser aprobado por el Consejo de Gobierno. El texto desarrolla la Ley 9/2023, de 23 de marzo, aprobada en la pasada legislatura, que modificó en profundidad la Ley 2/2000 del Juego de Aragón. Aquella reforma introdujo medidas clave como el refuerzo de la protección de colectivos vulnerables, la promoción del juego responsable, el control de accesos, nuevas limitaciones en materia de publicidad y la base legal para desarrollar reglamentos específicos del sector.

La propia Ley 9/2023 establecía en su disposición final la necesidad de armonizar y refundir la normativa existente en un único reglamento actualizado, un objetivo que aborda ahora este nuevo proyecto.

Menos puestos de juego y límite de autorizaciones

Entre las medidas más destacadas del reglamento figura la reducción del número de puestos de juego en los establecimientos de hostelería. El texto fija un máximo de dos puestos por local y, de forma excepcional, tres cuando pertenezcan al mismo operador, frente a los hasta seis que se permitían hasta ahora.

Asimismo, se establece un tope de 5.600 autorizaciones para máquinas recreativas tipo B.1, frente a las 6.200 vigentes en la actualidad. Las autorizaciones tendrán una duración de cinco años, en lugar de cuatro, y el cambio de titularidad implicará su extinción, salvo que exista un acuerdo expreso en sentido contrario.

Horarios y distancia entre locales

El nuevo reglamento también introduce cambios en los horarios de funcionamiento. En concreto, las salas de bingo deberán cerrar a las 02.00 horas, equiparando su horario al de los salones de juego.

Por otro lado, se mantiene la distancia mínima de 500 metros entre locales de juego para la concesión de nuevas autorizaciones de apertura o ampliación. Esta medida no supone una novedad, ya que estaba recogida en la normativa anterior y se conserva en el nuevo texto reglamentario.